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Documento BORME-C-2001-174033

SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL ACUMULADOR TUDOR, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 174, páginas 21871 a 21871 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-174033

TEXTO

El Consejo de Administración de esta compañía ha acordado convocar a los señores accionistas a la Junta general ordinaria el día 28 de septiembre de 2001, a las diez horas, en el domicilio social, calle Condesa de Venadito, número 1, Madrid, con el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, si procede, de las Memorias, Balances y Cuentas de Pérdidas y Ganancias individual y consolidada de la sociedad correspondientes al ejercicio terminado el 31 de marzo de 2001, así como de la gestión del Consejo de Administración durante el período mencionado.

Segundo.-Examen y aprobación, si procede, de la propuesta de distribución de beneficios (imputación a la cuenta de reserva legal y compensación de pérdidas de ejercicios anteriores).

Tercero.-Elección de dos Consejeros.

Cuarto.-Modificación de los artículos 6, 29, 30, 32, 33 y 52 de los Estatutos sociales, dándoles la siguiente redaccción: "Artículo 6. El capital social es de ochenta y dos millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos cuarenta (82.688.940) euros, representado por 27.562.980 acciones de 3 euros cada una, representadas por anotaciones en cuenta y representativas de una misma clase y serie.

Artículo 29. La Junta de accionistas podrá, si así lo decidiera, acordar la renovación de todos los componentes del Consejo de Administración.

Artículo 30. La duración del nombramiento de consejero será de cinco años. Transcurrido dicho plazo sin haberse nombrado nuevo Consejero en su sustitución, se entenderá tácitamente prorrogado el mandamiento hasta la celebración de la siguiente primera Junta general de accionistas fuera ordinaria o extraordinaria en la cual habría o bien que nombrársele por otro período de cinco años o bien nombrarse otra persona en su sustitución, o bien acordarse por la Junta no cubrir la vacante si ello no fuera contra los Estatutos sociales.

Si un Consejero dimitiera de su cargo antes de la expiración del plazo para el que haya sido nombrado, el Consejo de Administración podrá designar provisionalmente la persona que haya de cubrir su vacante producida. Este nombramiento deberá ratificarse por la primera siguiente Junta general de accionistas.

Artículo 32. Las certificaciones de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración y más generalmente sobre extremos reflejados en las actas de sus sesiones se librarán por el Secretario del Consejo con el visto bueno del Presidente del Consejo o de la persona que le hubiera sustituido.

Artículo 33. El Consejo de Administración no percibirá ninguna remuneración por el desempeño de sus funciones.

Artículo 52. Los acuerdos de la Junta general así como una breve referencia a las incidencias de la sesión se harán constar en acta que se transcribirá en el correspondiente Libro Especial de Actas y que se firmará por el Presidente del Consejo o la persona que le hubiera sustituido y el Secretario.

El acta de cada sesión podrá ser aprobada por la misma Junta a continuación de haberse celebrado ésta o en su defecto dentro del plazo de quince días, por el Presidente del Consejo o la persona que le hubiera sustituido y dos Interventores, uno en representación de la mayoría y otro por la minoría. El acta aprobada en cualquiera de estas dos formas tendrá fuerza ejecutiva a partir de la fecha de su aprobación.

Las certificaciones de las actas de la Junta general se considerarán fehacientes si están libradas por el Secretario del Consejo de Administración con el visto bueno, en todo caso, del Presidente del Consejo o de la persona que le hubiera sustituido." Quinto.-Aprobar el pase a reservas de los veintitrés millones doscientas dieciocho mil (23.218.000) pesetas de remanentes, consecuencias de la adaptación al euro de la cifra del capital social.

Sexto.-Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta.

Cualquier accionista podrá, a partir de la publicación de este anuncio, examinar en el domicilio social, Condesa de Venadito, número 1, Madrid, el texto íntegro de la modificación propuesta y del informe sobre la misma así como del informe de gestión y las cuentas individual y consolidada del ejercicio y de pedir su entrega o el envío gratuito de dichos documentos.

Requisitos para asistir a la Junta: De acuerdo con los Estatutos sociales, podrán asistir a la Junta los accionistas que posean, individualmente o agrupados con otros, un mínimo de 100 acciones y que hayan justificando la titularidad de las mismas en la forma prevista por el artículo 37 de los Estatutos sociales y en el artículo 104 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Las entidades en las que estén registradas las acciones podrán emitir las correspondientes tarjetas de asistencia a la Junta.

Madrid, 7 de septiembre de 2001.-El Consejo de Administración.-46.097.

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