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Documento BORME-C-2002-109255

PAYMA MÓVILES, SAU (Sociedad absorbente) TECNOLOGÍA CELULAR, SAU C. M. MÓVILES, SAU (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 109, páginas 15448 a 15448 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-109255

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales ordinarias de accionistas de "Payma Móviles, Sociedad Anónima Unipersonal"; "Tecnología Celular, Sociedad Anónima Unipersonal", y "C. M. Móviles, Sociedad Anónima Unipersonal", celebradas con carácter universal el día 31 de mayo de 2002 en Madrid, aprobaron la fusión por absorción por la cual, en unidad de acto, "Payma Móviles, Sociedad Anónima Unipersonal", absorbe a "Tecnología Celular, Sociedad Anónima Unipersonal", y a "C. M. Móviles, Sociedad Anónima Unipersonal", produciéndose la extinción de las sociedades absorbidas y la adquisición a título universal por parte de la sociedad absorbente, "Payma Móviles, Sociedad Anónima Unipersonal", de los derechos y obligaciones de aquéllas, así como la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales, sin ampliación de capital en esta última por ser de aplicación el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no existiendo, por tanto, canje de acciones, en los términos del proyecto de fusión redactado y suscrito por todos los Administradores de las sociedades involucradas en la fusión el día 5 de marzo de 2002, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 8 de abril de 2002.

De igual forma, las citadas Juntas generales aprobaron como Balance de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2001, verificado por los respectivos Auditores de cuentas de las sociedades.

Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2002.

No se atribuirá ventaja especial alguna a ninguno de los Administradores de las sociedades participantes. No existirán en la sociedad absorbente titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales distintos de las acciones.

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las tres sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión.

De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las tres sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado artículo y del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Bilbao, 3 de junio de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "Payma Móviles, Sociedad Anónima Unipersonal", José Antonio Garrido Otaola; la Secretaria de los Consejos de Administración de "Tecnología Celular, Sociedad Anónima Unipersonal", y "C. M. Móviles, Sociedad Anónima Unipersonal", Fátima Ochoa Gil.-27.498.

1.a 12-6-2002.

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