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Documento BORME-C-2002-197010

BOÍ TAÜLL, S. A. (Sociedad absorbente) FLORBA, S. A. Sociedad unipersonal ART ROMÀNIC, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 197, páginas 27960 a 27960 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-197010

TEXTO

Se hace público que las Juntas generales ordinarias de las citadas sociedades, celebradas las tres el día 2 de octubre de 2002, aprobaron la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Florba, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Art Romànic, Sociedad Limitada", Sociedad unipersonal, por parte de "Boí Taüll, Sociedad Anónima", las cuales se disuelven sin liquidación, transmitiendo el patrimonio social a la sociedad absorbente "Boí Taüll, Sociedad Anónima". Como consecuencia de ello, "Boí Taüll, Sociedad Anónima" se convierte en sucesora universal de todos los bienes, derecho y obligaciones de "Florba, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Art Romànic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.

Dado que la sociedad absorbente "Boí Taüll, Sociedad Anónima" es la propietaria de la totalidad de las acciones que tiene emitidas "Florba, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y que "Florba, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, es la propietaria de la totalidad de las participaciones en que se divide el capital social de "Art Romànic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, no procede ampliación de capital y es aplicable lo dispuesto en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

La presente fusión se acordó de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión formulado por los respectivos órganos de administración y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 5 de agosto de 2002, considerándose como balance de fusión de cada una de las sociedades implicadas el integrado dentro de las respectivas cuentas anuales correspondientes al ejercicio cerrado, en los tres casos, a 30 de abril de 2002.

Las operaciones de las dos sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir del día 1 de mayo de 2002.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 2 de octubre de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "Boí Taüll, Sociedad Anónima" y el Administrador de las sociedades "Florba, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Art Romànic, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-43.741. 2.a 15-10-2002.

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