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Documento BORME-C-2006-98624

WEAR ME BABY, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 17046 a 17046 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-98624

TEXTO

La Junta general celebrada el día 17 de abril de 2006, acordó reducir el capital social de la compañía, fijado en el importe de 30.620 euros, a cero con el fin de reequilibrar el patrimonio social, mediante la amortización de todas las participaciones sociales asumidas. Y simultáneamente acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los socios de su derecho de asunción preferente:

1. Aumentar el Capital Social de la sociedad en la cifra de 250.000 euros mediante la emisión de 10.000 nuevas participaciones, ordinarias, de 25 euros de valor nominal cada una de ellas, acumulables e indivisibles que estarán numeradas correlativamente del 1 a 10.000, ambas inclusive, de igual contenido de derechos que las anteriores.

2. Las nuevas participaciones se emitirán por su valor nominal. 3. El valor nominal de las participaciones emitidas debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la asunción mediante aportación dineraria. 4. Los socios de la compañía son titulares del derecho de asunción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas participaciones que posean. 5. Los socios pueden ejercitar su derecho de asunción preferente en el plazo de un mes contado desde el envío de esta comunicación. 6. Durante el plazo de asunción los socios pueden asumir las participaciones mediante comunicación dirigida a esta sociedad, calle Oliva, n.º 5, Las Rozas (Madrid), indicando el número de participaciones asumidas, a las que acompañarán certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100% del valor nominal de las participaciones objeto de asunción, en la cuenta corriente que Wear Me Baby, S. L., mantiene en la Entidad financiera Banco Santander Central Hispano y cuyo código es 0049/3137/35/2114329882. Las participaciones no asumidas serán ofrecidas por el órgano de administración a los socios que acudan al aumento, para su asunción y desembolso en el plazo máximo de quince días desde la conclusión del plazo señalado para la asunción preferente. A tal efecto se efectuará una comunicación escrita a estos socios. Si existieran varios socios interesados en suscribir las participaciones ofrecidas, estas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad. 7. Caso de no ser asumido íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declarará su asunción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las asunciones efectuadas de conformidad al artículo 77 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Las Rozas de Madrid, 12 de mayo de 2006.-Administradora única, Alicia Renedo Pérez.-29.262.

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