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Documento BORME-C-2007-191020

CIRCUITO DE MUELAS, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 33836 a 33836 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-191020

TEXTO

Anuncio del derecho de suscripción preferente de nuevas acciones

La junta general de accionistas, celebrada el 7 de febrero de 2007 acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de la sociedad de su derecho de suscripción preferente:

1. Aumentar el capital social de la compañía en la cifra de sesenta y una mil novecientos ochenta euros, mediante la emisión y puesta en circulación de seis mil ciento noventa y ocho nuevas acciones, nominativas, de diez euros de valor nominal cada una, y numeradas correlativamente del veinticuatro mil setecientos noventa y tres a la treinta mil novecientos noventa, ambos inclusive, con los mismos derechos que las preexistentes.

2. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal. 3. El valor nominal de las acciones emitidas debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias. 4. Los accionistas de la compañía son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas acciones, y a razón de una acción nueva por cada cuatro antiguas. 5. Los señores accionistas pueden usar de su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. 6. Durante el plazo de suscripción, los accionistas pueden asumir los títulos mediante comunicación dirigida a esta sociedad, a la que acompañará certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100% del valor nominal de las acciones objeto de suscripción en la cuenta corriente que sociedad de «Circuito de Muelas Sociedad Anónima», mantiene en la entidad financiera Caja Rural de Zamora Cooperativa de Crédito, y cuyo código es el siguiente: 3085-0076-66-1098427923. 7. Caso de no ser asumido íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declarará su suscripción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las asunciones efectuadas, de conformidad con el art. 161,1 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el art. 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Zamora, 7 de febrero de 2007.-El Administrador solidario, Ángel Rodríguez González.-58.805.

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