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Documento BORME-C-2007-92588

VALENCIA URBANA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 16136 a 16137 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-92588

TEXTO

Por la presente se convoca a los accionistas a la Junta general ordinaria y extraordinaria, a celebrar en Valencia, avenida de Aragón, número 30, 3-A el día 21 de junio de 2007 a las diez horas en primera convocatoria o, en su caso, el día siguiente 22 de junio de 2007, en el mismo lugar y a la misma hora en segunda convocatoria, para tratar los asuntos incluidos en el siguiente

Orden del día

Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales (Memoria, Balance, y Cuenta de Pérdidas y Ganancias) e informe de gestión, correspondientes al ejercicio 2006. Propuesta de aplicación de resultados. Segundo.-Examen y aprobación, en su caso, de la gestión desarrollada por el órgano de Administración de la sociedad, durante el ejercicio 2006. Tercero.-Reelección, en su caso, de Auditor de cuentas. Cuarto.-Fijación de la retribución de los administradores para el ejercicio 2007 conforme al artículo 16 de los Estatutos Sociales. Quinto.-Aprobación, en su caso, del Balance de la Entidad cerrado a 31 de diciembre de 2006, como balance de fusión. Sexto.-Aprobación del proyecto de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de «Valencia Urbana, Sociedad Anónima» (Sociedad absorbente) y «Alqueries del Ahuir, Sociedad Limitada Unipersonal» (Sociedad absorbida), de fecha 18 de abril de 2007. Séptimo.-Aprobación expresa de la Fusión por absorción de «Valencia Urbana, Sociedad Anónima» y «Alqueries del Ahuir, Sociedad Limitada Unipersonal» en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión. Octavo.-Acogimiento al régimen fiscal especial establecido en el Capítulo VIII del Título VIII de la Ley del Impuesto de Sociedades. Noveno.-Delegación de facultades para la ejecución y elevación a público de los acuerdos adoptados. Décimo.-Lectura y aprobación, si procede, del Acta de la sesión.

Los señores accionistas tienen el derecho a examinar en el domicilio social los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta y el informe de gestión y el informe de Auditoría. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 de la Ley de Sociedades Anónimas, los señores accionistas pueden solicitar la entrega o el envío gratuito de dichos documentos a sus respectivos domicilios.

Asimismo, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 240 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar:

Sociedad absorbente: «Valencia Urbana, Sociedad Anonima», inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 8.439, Libro 5.729, sección octava, Folio 93, hoja V-19.630 y provista de CIF número A-46062535.

Sociedad absorbida: «Alqueries del Ahuir, Sociedad Limitada Unipersonal, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 7.892, Libro 5.186, Sección octava, Folio 135, Hoja V-98786 y provista del CIF número B-97489371. Está íntegramente participada por la sociedad absorbente. Ambas sociedades tienen su domicilio social en Valencia, Pasaje Doctor Serra, número 2. En atención a que «Alqueries del Ahuir, Sociedad Limitada Unipersonal» está integramente participada por la sociedad absorbente Valencia Urbana, Sociedad Anónima, no se requiere referencia alguna al tipo y al procedimiento de canje ni a la fecha a partir de la cual las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias sociales. Por la misma razón, tampoco procederá, el aumento del capital de la sociedad absorbente, ni será necesaria la elaboración de los informes de los administradores y de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión. Las operaciones llevadas a cabo por la Sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por la Sociedad absorbente, quien a su vez asumirá todos los riesgos, derechos y obligaciones derivados de dichas operaciones, a partir del 1 de enero de 2007. No se otorga ningún derecho especial ni opción de los referidos en la letra e) del artículo 235 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. No se atribuirán ventajas a favor de los administradores de las sociedades participantes en la fusión, ni a favor de los expertos independientes, cuya designación no procede en aplicación del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Por último, se hace constar que se pone a disposición de los señores accionistas, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos a las acciones, para su examen en el domicilio social, los documentos relacionados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, teniendo el derecho de obtener la entrega o envío gratuito de los mismos.

Valencia, 8 de mayo de 2007.-El Administrador solidario, don José Luis Gil-Terrón Puchades.-28.816.

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