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Documento BORME-C-2008-190012

CINEMA I TELEVISIÓ, SOCIEDAD ANONIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 32093 a 32093 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-190012

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada en primera convocatoria, en el domicilio social, el 26 de junio de 2008, se aprobó por unanimidad de los accionistas presentes, que representaban el 85,70 por ciento del capital suscrito con derecho a voto, entre otros acuerdos, la ampliación de capital por importe de 150.253,03 euros (Ciento cincuenta mil doscientos cincuenta y tres euros con tres céntimos), mediante la creación de Dos mil quinientas acciones nominativas de la misma clase y serie que las actuales de 60,10121 euros de valor nominal cada una de ellas (y no como por error se hizo constar en el texto de la convocatoria de Veinticinco mil acciones nominativas de 6,010121 euros de valor nominal cada una de ellas); por lo que se realiza anuncio del derecho de los accionistas de suscribir dicha emisión, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del presente, en número de acciones proporcional al valor de las acciones que posean. Desembolso: 100 por 100 del valor nominal. Acciones no suscritas: las acciones no suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente en el antedicho plazo, se ofrecerán en su totalidad a los accionistas suscriptores para que, en el plazo de un mes, puedan suscribirlas a prorrata de las acciones que posean en la compañía. Suscripción incompleta: De acuerdo con lo establecido en el artículo 161 de la Ley Sociedades Anónimas, en el caso de que el aumento de capital no se suscribiera íntegramente, éste quedará fijado en la cuantía de la suscripción efectuada.

Los titulares del derecho de suscripción preferente deberán notificar a la sociedad el ejercicio de dicho derecho e ingresar los correspondientes desembolsos en el plazo previsto en la caja social mediante libramiento de talón nominativo a favor de la entidad o efectivo metálico. Todo lo anterior se pone en conocimiento de los accionistas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 158 y 42 de la Ley Sociedades Anónimas, para que ejerciten los derechos pertinentes en los plazos indicados a partir de la publicación de este anuncio.

Barcelona, 25 de septiembre de 2008.-El Administrador Único, Antonio M.ª C. Baquer Miró.-56.939.

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