En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LMESM), se hace público que la Junta general extraordinaria de socios de la sociedad "Ibertele, S.L.U.", celebrada el día 30 de junio de 2010, en su domicilio social, y con el carácter de universal, acordó por unanimidad, la fusión por absorción de "Ibertele Móviles, S.L.U." por parte de "Ibertele, S.L.U.", con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente.
La fusión se realiza al amparo del artículo 49 y concordantes de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Se ha considerado como Balance de fusión el de ambas compañías a fecha 31 de diciembre de 2009, debidamente aprobado en la Junta general extraordinaria y universal de socios celebrada el día 30 de junio de 2010. A efectos contables, la fusión surtirá efecto el 1 de enero de 2010, a partir de cuyo momento las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas en beneficio de la absorbente.
Siendo "Ibertele, S.L.U.", titular de todas las participaciones representativas del capital social de "Ibertele Móviles, S.L.U.", no ha lugar al canje de las acciones ni al aumento del capital social de la sociedad absorbente.
Se hace constar, expresamente, el derecho de los socios y acreedores, de cada una de las sociedades que participan en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión. Se hace constar, asimismo, que durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Zaragoza, 30 de junio de 2010.- El Administrador único de "Ibertele, S.L.U" y de " Ibertele Móviles, S.L.U.", Pedro Luis Clemente Martín.
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