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Según el artículo 43 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales, se hace público que el 30 de junio de 2010 las Juntas de Socios de las Sociedades mencionadas decidieron por unanimidad, después de aprobar los Balances de Fusión, la fusión por absorción de Altramuz Iberia, S.L.U., por Sousat Asistencia Técnica, S.L., con la transmisión íntegra del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que integrará, a título de sucesión universal, todos los elementos del activo y del pasivo de la sociedad absorbida. La sociedad Solusat Asistencia Técnica, S.L., se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la mercantil absorbida, quedando ésta disuelta y extinguida sin liquidación, de acuerdo con el Proyecto Común de Fusión elaborado, suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, fijando como fecha de efectos contables el 1 de enero de 2010.
Asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión; y a los acreedores de cada una de las Sociedades el derecho a oponerse a la fusión; todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la mencionada Ley 3/2009.
Madrid, 20 de julio de 2010.- El Administrador Único de Solusat Asistencia Técnica, S.L., don Pedro Sanz Coronado; y los Administradores solidarios de Altramuz Iberia, S.L.U., don Pedro Sanz Coronado y don Javier Sanz Coronado.
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