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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 abril, sobre Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta Universal de socios de "UNIÓN COMERCIAL GRANADINA S.A.U.", celebrada el 29 de junio de 2015, aprobó, por unanimidad, tanto el Balance como la escisión parcial de la compañía mediante la segregación y transmisión de parte de su patrimonio a "HOTELES GRANADA 2012, S.L.U", que, asimismo, lo aprueba, por unanimidad, y todo ello conforme al Proyecto de Escisión elaborado por los órganos de Administración de ambas sociedades con fecha 29 de junio de 2015.
De acuerdo con el mencionado precepto, se hace constar expresamente el derecho que tienen los socios y acreedores de la Sociedad Parcialmente escindida y de la beneficiaria de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo, los acreedores sociales de ambas sociedades podrán oponerse a la escisión en los términos del artículo 44 del mismo texto legal, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.
Granada, 20 de noviembre de 2015.- Concepción de Luna González, Consejera Delegada del Consejo de Administración de la sociedad Unión Comercial Granadina, S.A.U.
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