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De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, las Juntas Generales de las entidades "Sal y Sol, S.A." (sociedad absorbente), "Maefrut, S.L." y "Expendedoras Málaga, S.L.U." (sociedades absorbidas), reunidas todas con carácter Universal con fecha 16 de noviembre de 2015 acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción y la adquisición en favor de la absorbente, por sucesión universal, de todo el patrimonio de las sociedades absorbidas, conforme a lo previsto en el Proyecto de Fusión y al balance aprobado en la misma sesión, con la consecuente extinción de las sociedades "Maefrut, S.L." y "Expendedoras Málaga, S.L.U.".
La fusión se acoge al régimen simplificado previsto en el artículo 42 de la citada Ley 3/2009, no siendo necesario el depósito de los documentos exigidos por ley ni el informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.
En atención a lo establecido en el artículo 43 de la ya citada norma legal, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión así como el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Alcalá de Guadaira (Sevilla), 17 de noviembre de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración de "Sal y Sol, S.A.", don Francisco Mula López; el Administrador único de "Maefrut, S.L." don Manuel Gallego Moreno, y el Administrador único de "Expendedoras Málaga, S.L.U." don Manuel Gallego Pérez.
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