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De acuerdo con lo señalado en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de ALCAÑIZ Y MARTÍN, S.L., MALACI, S.L. y AUTOSERVICIOS CRIMART, S.L., celebradas el pasado 15 de junio de 2015, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de las entidades MALACI, S.L., y AUTOSERVICIOS CRIMART, S.L., por la entidad ALCAÑIZ Y MARTÍN, S.L., que adquiere, a título universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las primeras, que se extinguen y disuelven sin liquidación, en los términos y condiciones del proyecto de fusión.
Se hace constar expresamente que los acuerdos de fusión se han adoptado con las prescripciones de los artículos 42 de la Ley 3/2009 que regula la fusión por acuerdo unánime y 49 de la Ley 3/2009 por remisión del artículo 52 de la misma Ley dado que las sociedades absorbidas y la absorbente están íntegramente participadas de forma directa por los mismos socios y en idéntico porcentaje.
Se hace constar expresamente que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión tienen derecho a obtener de manera gratuita el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión.
Asimismo, se hace constar, que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos del articulo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 22 de junio de 2015.- Antonio Alcañiz Aparicio, Administrador solidario de Alcañiz y Martín, S.L., Malaci, S.L., y Autoservicios Crimart, S.L.
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