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Documento BORME-C-2016-10902

SOCIETAT MUNICIPAL DE DISTRIBUCIÓ ELÈCTRICA DE TÍRVIA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SOCIETAT MUNICIPAL DE COMERCIALITZACIÓ ELÈCTRICA DE TÍRVIA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 233, páginas 12620 a 12621 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10902

TEXTO

El Pleno del Ayuntamiento, reunido en sesión extraordinaria el pasado 6 de octubre de 2016 y constituido como Junta General de la empresa municipal Sociedad Municipal de Distribución Eléctrica de Tírvia, S.L., acordó inicialmente y por unanimidad de los presentes, lo siguiente:

Primero: Aprobar el balance de la Sociedad Municipal de Distribución Eléctrica de Tírvia, S.L. a 30 de junio de 2016, con un saldo de 192.645,99 €

Segundo: Aprobar el aumento de capital social de la Sociedad Municipal de Distribución Eléctrica de Tírvia, S.L. con cargo a las reservas voluntarias de la sociedad, por un importe de 46.360,02 € así como la modificación de sus estatutos en lo referente al art. 6.

Tercero: Aprobar la modificación de los Estatutos de la empresa Sociedad Municipal de Distribución Eléctrica de Tírvia, S.L., y especialmente el objeto social, con el fin de excluir del mismo la actividad de comercialización tal y como establece el art.12 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico y proceder a la creación de una nueva sociedad mercantil encargada de la actividad de comercialización.

Cuarto: Aprobar el proyecto de escisión parcial redactado de acuerdo al contenido y requisitos establecidos en los artículos 30, 31 y 74 de la ley 3/2009, y según el cual la Sociedad Municipal de Distribución Eléctrica de Tírvia, S.L. escinde parcialmente parte de su patrimonio que constituye una unidad económica para transmitirlo a la nueva Sociedad Municipal de Comercialización Eléctrica de Tírvia, S.L.

Quinto: Aprobar los estatutos por los que se regirá la nueva Sociedad Municipal de Comercialización Eléctrica de Tírvia, S.L., la cual será la encargada de comercializar la energía, la citada sociedad se hará con carácter económico y en régimen de libre concurrencia, y el capital social será íntegramente propiedad del Ayuntamiento de Tírvia.

Sexto: Someter el presente acuerdo al trámite de información pública por un periodo de un mes a partir del día siguiente de la última de las publicaciones, a fin de que se puedan formular las reclamaciones y alegaciones que se consideren pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 137, 212 y 201 Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales.

Durante el mismo plazo se informa del derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que intervienen en el proceso de escisión parcial con el fin de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 43 y 44 de la Ley 3/2009.

Transcurrido el plazo sin que ningún acreedor haya ejercido su derecho de oposición o en su caso, habiendo garantizado el crédito de los acreedores que se hubieran opuesto, se otorgará la correspondiente escritura de cesión y presentación de la misma en el Registro Mercantil.

Tírvia, 5 de diciembre de 2016.- Joan Farrera i Granja, Alcalde-Presidente.

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