De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 14 de junio de 2016, la Junta universal de socios de Carlau Renta, Sociedad Limitada (la "Sociedad Escindida"), ha aprobado la escisión total de la Sociedad a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación, Arca Prop, Sociedad Limitada y Auriga Ruber, Sociedad Limitada (las "Sociedades Beneficiarias") en los términos establecidos en el proyecto de escisión depositado con fecha 6 de junio de 2016 en el Registro Mercantil de Barcelona (el "Proyecto").
La escisión total implica la extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida y la consiguiente constitución de las Sociedades Beneficiarias, mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad Escindida a las Sociedades Beneficiarias, conforme a la distribución establecida en el Proyecto, y la atribución de participaciones de las Sociedades Beneficiarias a los socios de la Sociedad Escindida en proporción a su respectiva participación en la misma.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el balance de escisión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Escindida de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Esplugues de Llobregat (Barcelona), 14 de junio de 2016.- Los Administradores Mancomunados de la Sociedad Escindida, Don Agustín Carretero Palau, Doña Rosa María Carretero Palau y Doña María Palau Suñer.
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