Contingut no disponible en català
Anuncio de fusión por absorción
Se hace público que el día 1 de agosto de 2016, el socio único de The Neutral Route, S.L.U., sociedad de nacionalidad española, con domicilio en Sevilla, avenida Montesierra, 36; inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, hoja SE-40794, tomo 3082, folio 186 y titular de CIF número B-82414863 ("Sociedad Absorbente") y la Junta General Universal de Socios de Nethits Telecom Solutions, S.L. (antes "The Neutral Cloud, S.L.") sociedad de nacionalidad española, con domicilio en Sevilla (41092), calle Leonardo da Vinci, 18, edificio Marie Curie, Isla de la Cartuja; inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, hoja SE 100749, tomo 5844, folio 21 y titular de CIF número B-90123472; y Soytic Técnica e Innovaciones, S.L., sociedad de nacionalidad española, con domicilio en Olivares (Sevilla), 41000, calle Federico García Lorca, 5; inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, hoja SE-77986, tomo 4862, folio 139 y titular de CIF número B-91695254 ("Sociedades Absorbidas"); aprobaron la fusión de las referidas mercantiles mediante la absorción de Nethits Telecom Solutions, S.L., y Soytic Técnica e Innovaciones, S.L., por parte de The Neutral Route, S.L.U., todo ello de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades, que no fue previamente depositado en el Registro Mercantil al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales ("LME").
Tras la fusión, la Sociedad Absorbente procede a adoptar la denominación social de la Sociedad Absorbida "Nethits Telecom Solutions, S.L.U", conforme a lo previsto en el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de The Neutral Route, S.L.U., Nethits Telecom Solutions, S.L., y Soytic Técnica e Innovaciones, S.L., de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, de los Balances de Fusión y demás documentación pertinente, en los respectivos domicilios sociales de las sociedades intervinientes.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión, en los términos del artículo 44 LME, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Sevilla, 2 de agosto de 2016.- Don Javier Salas Sánchez, Administrador solidario de The Neutral Route, S.L.U., Nethits Telecom Solutions, S.L., y Soytic Técnica e Innovaciones, S.L.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid