Contido non dispoñible en galego
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 25 de mayo de 2017 la Junta General Ordinaria de la Sociedad Unipersonal de Gestión Urbanística ERETZA, S.A., ha acordado, reducir el capital social en la suma total y conjunta de siete millones setecientos sesenta y cuatro mil cincuenta y un euros con sesenta y siete céntimos (7.764.051,67 €), mediante la adopción por mayoría absoluta, del siguiente acuerdo de reducción del capital social de la Sociedad:
PRIMERO.- Aprobar la reducción del capital social por importe de 7.764.051,67 euros, mediante la disminución en 7.764,05167 euros del valor nominal de cada acción, como método para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas.
Ha quedado modificado, asimismo, el artículo 6 de los Estatutos Sociales, que refleja el capital resultante tras la adopción del acuerdo, que se fija en cuatro millones cuatrocientos treinta y cinco mil ciento trece euros con cuarenta y nueve céntimos (4.435.113,49 €) dividido mil acciones (1.000) de cuatro mil cuatrocientos treinta y cinco euros con once mil trescientos cuarenta y nueve céntimos (4.435,11349 €) de valor nominal.
Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a las reducciones del capital social señaladas en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Barakaldo, 19 de junio de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración.
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