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Documento BORME-C-2017-8368

PRASA EUROPEAN HOLDING, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRACOVIN, S.L.
OVISUR, S.L.
ARRUZAFA, S.L.
CORDOBESA DE EDIFICACIONES, S.A.
PRASACAR, S.L.
MOGABAR 98, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 197, páginas 9692 a 9692 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8368

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LSMESM), se hace público que con fecha 9 de octubre de 2017, la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil "PRASA EUROPEAN HOLDING, S.L." (sociedad absorbente), aprobó por unanimidad la fusión por absorción de las mercantiles "PRACOVIN, S.L.", "OVISUR, S.L.", "ARRUZAFA, S.L." "CORDOBESA DE EDIFICACIONES, S.A.", "PRASACAR, S.L." y "MOGABAR 98, S.L." (sociedades absorbidas) siendo aquélla el Socio Único de éstas, con disolución sin liquidación de las absorbidas, y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente.

A estos efectos se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el régimen previsto en los artículos 42 y 49 LSMESM, al concurrir tanto en las sociedades participantes como en el acuerdo adoptado los requisitos exigidos para ello. En consecuencia, no son de aplicación las normas generales que sobre el Proyecto y el Balance de fusión que se establecen en las Secciones segunda y tercera del Capítulo I de la mencionada ley, ni las relativas a la información de la fusión, adopción del acuerdo y publicación de la convocatoria de junta prevista en los artículos 39 y 40 LSMESM; ni tampoco el informe de los administradores ni de los expertos independientes, manifestando a los efectos del art. 42.2 LSMESM que las sociedades participantes en la fusión no cuentan con representante de los trabajadores. De igual forma se informa expresamente que la presente fusión no implica ampliación de capital en la absorbente.

Finalmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas a obtener el texto íntegro del acuerdo y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LSMESM durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo.

Córdoba, 10 de octubre de 2017.- GRUPO P.R.A., S.A., representada por D. José Romero González, Administrador Único de Prasa European Holding, S.L., Ovisur, S.L., Arruzafa, S.L., Cordobesa de Edificaciones, S.A. y Prasacar, S.L., PRASA EUROPEAN HOLDING, S.L., representada por D. José Romero González, Administrador Único de PRACOVIN, S.L., D. Juan Carlos Romero González, Administrador Único de MOGABAR 98, S.L.

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