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Documento BORME-C-2017-8369

SEQUOIA SOLUCIONES PYME, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SEQUOIA SISTEMAS DE INFORMACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 197, páginas 9693 a 9693 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8369

TEXTO

Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias Universales de Socios de las citadas Sociedades, celebradas el día 6 de Junio de 2.017, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas entidades, mediante la absorción por Sequoia Soluciones Pyme, S.L.U de Sequoia Sistemas de Información, S.L.U., mediante la transmisión a título universal del patrimonio de la sociedad absorbente y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes y que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Málaga, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Tal y como dispone el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley ·/2009, se hace constar el derecho de socios y de los acreedores de ambas sociedades de examinar en el domicilio social los documentos que correspondan del artículo 39 de la Ley 3/2009, así como a obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos. Asimismo, se hace constar el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la Junta de la Sociedad absorbente para la aprobación de la absorción, así como el derecho de oposición de los acreedores en los términos establecidos en el artículo 51 de la Ley 3/2009.

Málaga, 15 de septiembre de 2017.- Administrador Único, Dantia Tecnología,S.L., representado por José Ignacio Estrade Cabrera.

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