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Documento BORME-C-2017-9511

AGENCIA SERVICIOS MENSAJERÍA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GENERAL LOGISTICS SYSTEMS SPAIN, S.L.
ASM SUPPLY CHAIN SOLUTIONS, S.L.U.
ASM TRANSPORTE URGENTE ANDALUCÍA, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 10985 a 10985 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9511

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 20 de noviembre de 2017, la Junta General Universal de Socios de General Logistics Systems Spain, S.L. y los respectivos accionistas o socios únicos de Agencia Servicios Mensajería, S.A.U., ASM Supply Chain Solutions, S.L.U. y ASM Transporte Urgente Andalucía, S.A.U., tras la aprobación de los correspondientes balances de fusión y del proyecto común de fusión, aprobaron la fusión de las citadas sociedades, mediante la absorción de ASM Supply Chain Solutions, S.L.U., ASM Transporte Urgente Andalucía, S.A.U. y General Logistics Systems Spain, S.L. (las "Sociedades Absorbidas") por Agencia Servicios Mensajería, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente"), con extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas, y transmisión en bloque, a título universal, de sus respectivos patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

ASM Supply Chain Solutions, S.L.U. y ASM Transporte Urgente Andalucía, S.A.U. están íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbente está íntegramente participada de forma directa por General Logistics Systems Spain, S.L., por lo que, conforme a lo previsto en los artículos 52.1 y 49.1 de la LME, no procede realizar un aumento de capital en la Sociedad Absorbente y resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en los citados artículos de la LME. Sin perjuicio de ello, la fusión ha sido ha sido aprobada de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la LME.

Los acuerdos y decisiones de fusión han sido aprobados conforme al proyecto común de fusión redactado, suscrito y aprobado por los administradores solidarios de las Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente el 23 de mayo de 2017, que fue depositado en los Registros Mercantiles de Mallorca, Madrid y Barcelona los días 21, 22 y 26 de junio de 2017, respectivamente. Los correspondientes balances de fusión son los cerrados a 31 de marzo de 2017 y han sido auditados por los auditores de las respectivas sociedades.

De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Por último, se hace constar el derecho de oposición a la fusión que pueden ejercer los acreedores en los términos del artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 20 de noviembre de 2017.- D. Nuri Saadi Al-Soudani y D. Rico Ralph Hermann Back, administradores solidarios de General Logistics Systems Spain, S.L., Agencia Servicios Mensajería, S.A.U., ASM Supply Chain Solutions, S.L.U. y ASM Transporte Urgente Andalucía, S.A.U.

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