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Documento BORME-C-2017-9521

NAIBOC, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE DE NUEVA CREACIÓN)
EUNATE, S.L.
OLITE, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 10995 a 10995 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9521

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de socios de las sociedades Eunate, S.L. y Olite, S.L.(sociedades absorbidas) reunidas con carácter universal el día 21 de noviembre de 2017, después de aprobar por unanimidad el proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de las sociedades absorbidas y aprobar por unanimidad los Balances de Fusión, aprobaron por unanimidad la fusión de "Eunate, S.L." y "Olite, S.L." como sociedades absorbidas en una sociedad absorbente de nueva creación, "Naiboc, S.L."(sociedad absorbente), produciéndose la disolución de las sociedades absorbidas, sin liquidación y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio social a la sociedad absorbente de nueva creación, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedades absorbidas.

La fusión se acordó sobre la base del Proyecto de Fusión de fecha 20 de octubre de 2017 suscrito por los órganos de administración de las sociedades absorbidas. Se hace constar que, de conformidad con el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, no es preceptivo su depósito previo en el Registro Mercantil, ni la elaboración del Informe de Administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Los balances de fusión son los cerrados a fecha 30 de Septiembre de 2017, y no precisan verificación en virtud del artículo 37 de la Ley de Modificaciones Estructurales, por no encontrarse sometida a la obligación de auditoría ninguna de las sociedades absorbidas. Asimismo, y de conformidad con el artículo 34 de la Ley de Modificaciones Estructurales no es necesaria la intervención de experto independiente.

Como consecuencia de la fusión la sociedad absorbente de nueva creación tendrá un capital social de siete millones ciento cuarenta y cuatro mil cincuenta euros (7.144.050.-€) mediante la emisión de 7.144.050 participaciones sociales de valor nominal de un euro, numeradas correlativamente de la 1 a la 7.144.050. Las participaciones sociales así emitidas han sido objeto de canje por las de las sociedades absorbidas en los términos previstos en el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del Proyecto de Fusión, los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como de los demás documentos relacionados con la fusión mediante su envío o entrega gratuita.

Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 21 de noviembre de 2017.- El Administrador único de Eunate, S.L., D. Jaime Cobián de Cubas.-La Administradora única de Olite, S.L., Doña Beatriz Márquez Amilibia.

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