Está Vd. en

Documento BORME-C-2018-7426

BODEGA Y VIÑEDOS PAZO DE CASANOVA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FINCA VIÑOA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 187, páginas 8651 a 8651 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7426

TEXTO

Anuncio de Acuerdo unánime de fusión.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las compañías «Bodega y Viñedos Pazo de Casanova, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad absorbente), y «Finca Viñoa, Sociedad Limitada» (sociedad absorbida), aprobaron por unanimidad, en sus reuniones celebradas el 29 de junio de 2018, la fusión por absorción de «Finca Viñoa, Sociedad Limitada», por «Bodega y Viñedos Pazo de Casanova, Sociedad Limitada Unipersonal», y la transmisión en bloque, a título universal, de todo su patrimonio a «Bodega y Viñedos Pazo de Casanova, Sociedad Limitada Unipersonal», que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

El acuerdo de fusión se aprobó en los términos previstos en el proyecto común de fusión formulado y aprobado por el Administrador solidario de ambas sociedades don José Manuel Rodríguez Juste, el día 27 de junio de 2018.

Dado que las sociedades participantes en la fusión adoptaron en Junta general extraordinaria y universal y por unanimidad el acuerdo de fusión, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión se adopta sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Vigo, 14 de septiembre de 2018.- El Administrador solidario de Bodega y Viñedos Pazo de Casanova, Sociedad Limitada Unipersonal y Finca Viñoa, Sociedad Limitada, José Manuel Martínez Juste.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid