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Documento BORME-C-2018-8568

IMBERT MANAGEMENT CONSULTING SOLUTIONS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
A3 DATA INGENIERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 9969 a 9969 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8568

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por el presente anuncio se hace público que la Junta General Extraordinaria de socios, celebrada con carácter universal el día 30 de junio de 2018, de la sociedad IMBERT MANAGEMENT CONSULTING SOLUTIONS, S.L, (sociedad absorbente), ha aprobado la fusión de dicha sociedad con su filial íntegramente participada A3 DATA INGENIERIA, S.L.U., mediante la absorción de A3 DATA INGENIERIA, S.L.U., (sociedad absorbida) por parte de IMBERT MANAGEMENT CONSULTING SOLUTIONS, S.L, (sociedad absorbente) con disolución sin liquidación de A3 DATA INGENIERIA, S.L.U., y traspaso en bloque de su patrimonio a IMBERT MANAGEMENT CONSULTING SOLUTIONS, S.L, que adquirirá por sucesión universal todos los activos y pasivos, derechos y obligaciones, de A3 DATA INGENIERIA, S.L.U., todo ello en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes el 30 de junio de 2018 y aprobado por la Junta General de la sociedad absorbente.

Se hace constar que, en aplicación del artículo 49.1 de la LME, no proceden: (i) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10ª del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de administradores y de expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión, (iii) el aumento de capital social en la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la junta general de socios de la sociedad absorbida, al ser la sociedad absorbente titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 5 de noviembre de 2017.- Los Administradores solidarios de ambas sociedades, Luis Fernández Martínez y Hervé André Paul Emmanuel Imbert.

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