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Documento BORME-C-2018-8734

DEHESAS Y VIÑEDOS DE NAVAMARIN, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
DEHESA DE NAVAMARIN, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 10154 a 10154 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8734

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 13 de noviembre de 2018 la mercantil CORPORACION HMS HERMASAN, S.L., en su condición de accionista único de la sociedad DEHESAS Y VIÑEDOS DE NAVAMARIN, S.A., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad"), ejerciendo las funciones de Junta General de la Sociedad al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, ha decidido la escisión parcial de la Sociedad a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación denominada DEHESA DE NAVAMARIN, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria") en los términos establecidos en el proyecto de escisión insertado en la página web de la Sociedad "www.aldonzavinos.com", con posibilidad de descargarlo e imprimirlo, formulado y firmado por el administrador único de la Sociedad con fecha 13 de noviembre de 2018.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la actividad agrícola y cinegética primaria, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria; la atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria al accionista único de la Sociedad y la reducción del capital social, por lo que el capital social de la Sociedad ha quedado fijado en UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA EUROS (1.544.360,00 €), dividido en 77.218 acciones representadas por medio de títulos, ordinarias, nominativas, de VEINTE EUROS nominales cada una, numeradas correlativamente del 1 al 77.218, ambos inclusive, constituyendo una sola serie, desembolsadas en un ciento por ciento de su valor nominal.

Se hace constar el derecho que asiste al accionista único y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el balance de escisión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Albacete, 15 de noviembre de 2018.- Persona física representante de "Corporación Hms Hermasan, S.L.", mercantil administradora única de "Dehesas y Viñedos de Navamarin, S.A.", Sociedad Unipersonal, José Manuel Martínez Martínez.

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