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Documento BORME-C-2019-9369

CANALEJAS RESTAURACIÓN, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 10870 a 10870 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2019-9369

TEXTO

Reducción y aumento de capital

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC") se hace público que en la Junta General de Accionistas de la sociedad Canalejas Restauración, S.A. (la "Sociedad") celebrada en fecha 17 de diciembre de 2019 se ha aprobado, por unanimidad, de los asistentes a la reunión, que representan el 96% del capital social, entre otros acuerdos, la reducción del capital en un importe de 60.131,36 euros, dejándolo fijado en 0 euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones en que se divide el capital, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto disminuido por las pérdidas, así como, la consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales.

Según lo establecido en el artículo 335 a) de la LSC y, al tener la reducción de capital la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, se hace constar que los acreedores de la Sociedad no gozan de derecho de oposición a la presente reducción de capital aprobada.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 344 de la LSC, la eficacia del acuerdo de reducción quedó condicionada a la ejecución de la ampliación de capital simultáneo adoptado a continuación.

Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 343 de la LSC, la Junta General de Accionistas ha aprobado, por unanimidad de los accionistas asistentes representantes del 96% del capital social, el aumento simultáneo del capital social, hasta la cifra de sesenta y tres mil euros (63.000 euros), mediante la emisión de 6.300 acciones nominativas, indivisibles y acumulables, números 1 a 6.300, ambos inclusive, de valor nominal diez euros (10 euros) cada una por el valor nominal de las mismas, es decir, sin prima de asunción, todas ellas de una misma serie y de carácter ordinario.

El contravalor consistirá en aportaciones dinerarias que los accionistas podrán asumir y desembolsar en proporción a la participación en el capital social que posean. Los accionistas dispondrán del plazo de 1 mes desde la publicación en el BORME del presente anuncio para el ejercicio del derecho de suscripción preferente. Para el ejercicio de dicho derecho, los accionistas deberán comunicar al Consejo de Administración su intención de acudir al aumento de capital aprobado, por cualquier medio escrito, incluidos los telemáticos, que permita dejar constancia de su recepción, identificándose como accionista e indicando el número de acciones que se pretenden suscribir, así como, realizar el desembolso dentro del referido plazo.

Igualmente, se hace constar que la Junta General de Accionistas ha acordado, en virtud de lo previsto en el artículo 311 de la LSC aprobar la posibilidad de ejecutar el aumento de capital de forma incompleta o parcial en el caso de que el aumento de capital no se suscriba íntegramente dentro del plazo fijado al efecto.

Madrid, 17 de diciembre de 2019.- La Presidenta del Consejo de Administración, María del Carmen Mulero Cervantes.

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