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Documento BORME-C-2020-1242

ARGENTA CAPITAL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RESIDENCIA SANTA MINIA, SOCIEDAD LIMITADA
FOGAR AS CAROLINAS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 1552 a 1552 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-1242

TEXTO

A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se anuncia que el proyecto común de fusión por absorción de RESIDENCIA SANTA MINIA, S.L., y FOGAR AS CAROLINAS, S.L. (las Sociedades Absorbidas), por parte de ARGENTA CAPITAL, S.L. (la Sociedad Absorbente), formulado por los órganos de Administración de las tres sociedades y aprobado por el órgano de Administración de ARGENTA CAPITAL, S.L., se encuentra en el domicilio social de esta, a disposición de los socios de la sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, a fin de que puedan examinar los documentos indicados en los números 1.º y 4.º del punto 1 del art. 39 de la LME. Se hace constar el derecho de los interesados, al amparo del art. 32 LME, a la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos. Se hace constar el derecho de socios de ARGENTA CAPITAL, S.L., que representen al menos, el 1% del capital social, a exigir la celebración de una Junta General de Socios para que apruebe la operación de fusión en los términos previstos en la Ley. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en la Ley.

Ames, 30 de marzo de 2020.- El Administrador único, Carlos Carames Liñares.

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