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Documento BORME-C-2020-1350

SABIO IBERICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TEAM VISION INFORMATION AND TECHNOLOGY, S.A.U.
TEAM VISION CONSULTING AND SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 76, páginas 1686 a 1686 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-1350

TEXTO

Fusión por por absorción.

Se hace público que la Junta General y Extraordinaria de SABIO IBERICA, S.A.U. (sociedad absorbente), celebrada con fecha 13 de abril de 2020, adoptó por unanimidad de su socio único los acuerdos de fusión mediante la absorción de las entidades TEAM VISION INFORMATION AND TECHNOLOGY, S.A.U., y TEAM VISION CONSULTING AND SERVICES, S.L.U. (Sociedades absorbidas), con extinción por disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de sus patrimonios a la sociedad absorbente SABIO IBÉRICA, S.A.U., que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas. Al tratarse de un supuesto asimilado a la fusión de sociedades íntegramente participada, por encontrarse la absorbente y las absorbidas participadas íntegramente por el mismo socio, y haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por el socio único de la entidad absorbente es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en los artículos 42, 49 y 52 de la Ley 3/2009.

El acuerdo de fusión por absorción de la entidad SABIO IBERICA, S.A.U., ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito con fecha 27 de febrero de 2020 por los órganos de administración de las sociedades participantes de la fusión, no habiendo sido necesario su depósito en el Registro Mercantil de Madrid en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009 y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los accionistas y socios de las sociedades participantes en la fusión y a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Igualmente se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes de los trabajadores y trabajadores y a los accionistas de las sociedades participantes de la fusión, de examinar en el domicilio social de cada sociedad participante de la fusión, copia los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009 fusión, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Madrid, 13 de abril de 2020.- En calidad de Administradores Solidarios de "Sabio Iberica, S.A.U.", "Team Vision Information and Technology, S.A.U." y "Team Vision Consulting and Services, S.L.U.", Andrew Charles Roberts y Troels Bugge Henriksen.

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