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Documento BORME-C-2020-1728

ENVASADO XIOMARA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AEROSOLES PREVAL, S.A.U.
EUROPEAN PROFESSIONAL PARTY COSMETICS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 93, páginas 2210 a 2211 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-1728

TEXTO

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que, el 6 de mayo de 2020, los respectivos socios o accionistas únicos de Envasado Xiomara, S.L.U., European Professional Party Cosmetics, S.L.U., y Aerosoles Preval, S.A.U., tras la aprobación de los correspondientes balances de fusión y del proyecto común de fusión, aprobaron la fusión por absorción de Aerosoles Preval, S.A.U., y European Professional Party Cosmetics, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), por Envasado Xiomara, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente" y, junto con las Sociedades Absorbidas, las "Sociedades"), con extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque, a título universal, de sus respectivos patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas (la "Fusión").

En la medida en que las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente, resulta de aplicación a la Fusión el régimen simplificado previsto en el artículo 49.1 de la Ley de Modificaciones Estructurales, conforme al cual no han resultado necesarios, entre otras cuestiones, el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y los informes de administradores y de experto independiente sobre el proyecto común de fusión.

Los acuerdos de fusión han sido aprobados conforme al proyecto común de fusión suscrito y aprobado por los órganos de administración de las Sociedades el 6 de mayo de 2020. Conforme al artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, al haber sido adoptados los acuerdos de fusión por los respectivos socios o accionistas únicos, no ha sido necesaria la publicación o el depósito de los documentos exigidos por la ley ni, por tanto, el depósito del proyecto común de fusión en los correspondientes Registros Mercantiles. Sin perjuicio de lo anterior, se hace constar que, a pesar de no ser por ello exigible, las Sociedades han puesto a disposición en sus respectivos domicilios sociales la información a la que se refiere el artículo 39.1 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Los correspondientes balances de fusión son los cerrados a 31 de diciembre de 2019 y, en el caso de Envasado Xiomara, S.L.U., y Aerosoles Preval, S.A.U., han sido auditados por sus auditores de cuentas. No ha sido necesario auditar el balance de fusión de European Professional Party Cosmetics, S.L.U., al no existir en esta sociedad obligación de auditar sus cuentas.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades de oponerse a la Fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid y Valencia, 11 de mayo de 2020.- El Secretario de los consejos de administración de Envasado Xiomara, S.L.U. y Aerosoles Preval, S.A.U., José Ruiz-Gallardón Utrera.- El Administrador solidario de European Professional Party Cosmetics, S.L.U., Pablo María Rodríguez-Gimeno Wiggin.

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