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Documento BORME-C-2020-3410

GRÚAS Y TRANSPORTES SIXTO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MONTRASER, S.L.
GRÚAS Y TRANSPORTES 11 DE NOVIEMBRE, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 4272 a 4272 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3410

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que la Junta General de Socios de GRÚAS Y TRANSPORTES SIXTO, S.L. ("Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 30 de junio de 2020, la Junta General de Socios de GRÚAS Y TRANSPORTES 11 DE NOVIEMBRE, S.L. ("Sociedad Absorbida"), celebrada con fecha 30 de junio de 2020, y la Junta General de Socios de MONTRASER, S.L. ("Sociedad Absorbida"), celebrada con fecha 30 de junio de 2020, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedades Absorbidas, respectivamente, la fusión por absorción de la segunda y la tercera por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado por los Administradores de las sociedades con fecha 30 de abril de 2020, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de las Compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2019.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de las Sociedades Absorbidas y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Habiéndose adoptado por unanimidad los acuerdos de fusión en la Sociedad Absorbente en Junta General Universal por sus socios y en las Sociedades Absorbidas en Junta General Universal por sus socios, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, a los representantes de los trabajadores y a los acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Madrid, 3 de julio de 2020.- Por Grúas y Transportes Sixto, S.L., Laura Sánchez Jiménez, Administradora solidaria.- Por Grúas y Transportes 11 de Noviembre, S.L., Laura Sánchez Jiménez, Administradora única.- Por Montraser, S.L., Laura Sánchez Jiménez, Administradora solidaria.

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