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Documento BORME-C-2020-4565

ASV FUNESER, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TANATORIO SANTOS PATRONOS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 156, páginas 5603 a 5603 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-4565

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de ASV Funeser, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), adoptó el 10 de agosto de 2020, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Tanatorio Santos Patronos, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2020 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar"), y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, lo que supondrá la extinción de la misma.

Dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, de conformidad con el artículo 49.1.4.º de la LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por decisión del socio único de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Como dispone el apartado 1 del artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de las decisiones de fusión adoptadas por el socio único de la Sociedad Absorbente, así como los respectivos balances de fusión; y el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Alicante, 10 de agosto de 2020.- El Administrador solidario de la sociedad absorbida, José Juan Payá Cayuelas.

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