Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BORME-C-2020-5690

ALDESA ENERGÍAS RENOVABLES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALDESA GESTIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES, S.L.U,
LOS ALTOS DE RUEDA, S.L.U.
GLOBAL HYPETROS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 6924 a 6924 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-5690

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de diciembre, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) y demás disposiciones concordantes se hace público que mediante los acuerdos de Junta General Extraordinaria de Aldesa Energías Renovables, S.L. y las Decisiones del Socio Único constituido en Junta General Extraordinaria de Aldesa Gestión de Energías Renovables, S.L.U., Los Altos de Rueda, S.L.U. y Global Hypetros, S.L.U. celebradas todas ellas el 23 de septiembre de 2020, se aprobó la fusión por absorción por parte de Aldesa Energías Renovables, S.L. (Sociedad Absorbente) de las sociedades Aldesa Gestión de Energías Renovables, S.L.U., Los Altos de Rueda, S.L.U. y Global Hypetros, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), siendo los balances de fusión de todas las sociedades intervinientes los cerrados a 31 de diciembre de 2019.

La referida operación se ha proyectado sobre el Proyecto de Fusión de fecha 30 de junio de 2020 firmado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, y que ha sido objeto de aprobación unánime por las Juntas Generales de 23 de septiembre de 2020.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME, al haberse adoptado por Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto de todas las sociedades intervinientes en la fusión.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores que son parte en la operación de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión, podrán oponerse a la misma, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 LME.

Madrid, 23 de septiembre de 2020.- Félix José Núñez Moreno y Alejandro Fernández Ruiz, en virtud de su cargo como Administradores Mancomunados de Aldesa Energías Renovables,, S.L., Alejandro Fernández Ruiz y Félix José Núñez Moreno en virtud de su cargo como Administradores Mancomunados de Aldesa Gestión de Energías Renovables, S.L.U, Francisco Timor Guillén y Antonio Ibáñez Celada en virtud de su cargo como Administradores Mancomunados de Los Altos de Rueda, S.L.U., Francisco Timor Guillén y Antonio Ibáñez Celada en virtud de su cargo como Administradores Mancomunados de Global Hypetros, S.L.U.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid