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Documento BORME-C-2020-5691

C M RENT 2020, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DOMINO, SOCIEDAD LIMITADA
MADECO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 6925 a 6926 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-5691

TEXTO

Se hace público, conforme dispone el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en lo sucesivo "Ley Modificaciones estructurales") que, las juntas generales de socios de las sociedades, Madeco, Sociedad limitada y Domino, Sociedad limitada, celebradas ambas con el carácter de "universal", en fecha 30 de junio de 2020, en el domicilio social de las mismas en Valladolid, acordaron su Fusión por Creación de la nueva sociedad "C M Rent 2020, Sociedad limitada", y nombraron administrador único de esta nueva sociedad a don Francisco Javier Cuadrado Menéndez, conforme acreditan las actas de referidas juntas universales de las dos sociedades fusionadas. (Madeco, Sociedad limitada y Domino, Sociedad limitada), obrantes, respectivamente, en el ibro de actas de cada una de las sociedades participantes en la fusión.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado por cada una de las sociedades participantes, conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de ambas sociedades con fecha 30 de junio de 2020. Habiéndose adoptado el acuerdo de fusión en ambas sociedades por decisión/acuerdo unánime de sus socios, ejerciendo las facultades de la junta general celebrada en cada una de las sociedades participantes en la fusión, con carácter universal. El acuerdo de fusión (adoptado por unanimidad de todos los socios en las juntas universales celebradas), de conformidad con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles, puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. Así mismo, en atención de lo dispuesto en el art. 34.1 de la Ley 3/2009 (Ley Modificaciones estructurales), dado que la sociedad resultante de la fusión es una sociedad de responsabilidad limitada, no existe obligación de someter el "proyecto común de fusión", al informe de expertos independientes.

En repetidas juntas generales universales de las sociedades participantes en la fusión, se aprobaron por unanimidad de todos los socios presentes en las mismas, los balances de cada una de ellas, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2019, últimos ejercicios aprobados, de Madeco, Sociedad limitada y Domino, Sociedad limitada, balances que habiendo sido cerrados dentro de los seis meses anteriores a la fecha de suscripción del proyecto de fusión, se consideran "balances de fusión", sin que se hayan producido modificaciones importantes en el activo y pasivo de las respectivas sociedades desde la fecha del "proyecto de fusión" hasta la fecha de la aprobación de la fusión. No siendo preceptivo que los balances sean auditados por auditor de cuentas.

No existen en ninguna de las dos sociedades participantes en la fusión, obligacionistas, ni ninguna clase de participaciones especiales o privilegiadas, ni persona alguna que tenga derechos especiales distintos de las participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los administradores de las sociedades intervinientes en la fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril de la Ley Modificaciones estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades fusionadas, así como a los representantes de los trabajadores, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la Ley Modificaciones estructurales.

Valladolid, 24 de septiembre de 2020.- El Administrador Solidario, Francisco Javier Cuadrado Menéndez.

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