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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, «LME»), se hace público que el accionista único de ALS Life Sciences Spain, S.A.U., y el socio único de Aquimisa Centro, S.L.U., han decidido, mediante un Acta de consignación de decisiones, ambas de fecha 30 de septiembre de 2020, aprobar la fusión por absorción de ambas sociedades, consistente en la absorción de la sociedad Aquimisa Centro, S.L.U. (sociedad absorbida), por parte de ALS Life Sciences Spain, S.A.U. (sociedad absorbente), con la consecuente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión a título universal del patrimonio íntegro de dicha sociedad a la absorbente, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión de fecha 30 de septiembre de 2020, que ha sido emitido por los miembros de los órganos de administración de ambas sociedades. Asimismo, el accionista único de la Sociedad Absorbente ha decidido modificar su objeto social en los términos propuestos en el informe emitido por el Consejo de esta sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, y que se adjunta al Proyecto Común de Fusión.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común de Fusión, al ser adoptado en los términos previstos en el artículo 52.1 de la LME, que recoge el supuesto asimilado legalmente a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa e igualitaria por el mismo socio/accionista único, que es Aquimisa, S.L.U., siendo de aplicación los artículos 42 y 49.1 de la LME, relativos a la aprobación de los acuerdos de fusión de forma unánime por el socio de la entidad absorbente y absorbida y a la absorción de sociedad íntegramente participada por la sociedad absorbente.
De este modo el patrimonio de la Sociedad Absorbida pasará a integrarse como reservas de la Sociedad Absorbente por el valor de sus fondos propios al cierre del ejercicio 2019.
Asimismo, se informa del derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Se hace constar expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita en el domicilio social de la sociedad absorbida, sito en la calle Resina 39, Nave 11, 28021, Madrid, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, los balances de fusión, así como las condiciones de ejercicio del derecho de oposición que en su caso correspondan a los acreedores.
No existen obligacionistas ni ninguna clase de participaciones especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los miembros del órgano de administración de las sociedades intervinientes en la Fusión.
Madrid, 30 de septiembre de 2020.- Por ALS Life Sciences Spain, S.A.U., firmado por todos los miembros del Consejo de Administración: (i) Ana Paula Tavares Martins (Vocal y Consejera Delegada Solidaria), (ii) Joao Fernando Marques Rebelo Cotta (Presidente y Consejero Delegado Solidario), (iii) Jesús María García Sánchez (Vocal) y (iv) Joao María Aires Rebelo Cotta (Secretario no Consejero); Por Aquimisa Centro, S.L.U., firmado por su Administrador único, Aquimisa, S.L.U., representada por, Jesús María García Sánchez.
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