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Documento BORME-C-2020-5834

INMOBILIARIA FAMILIA GÓMEZ MORAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOFTWARE Y DESARROLLO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 7091 a 7091 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-5834

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 32009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el 30 de junio de 2020, las juntas generales extraordinarias universales de socios de Inmobiliaria Familia Gómez Moral, S.L. (Sociedad Absorbente), y Software y Desarrollo, S.L. (Sociedad absorbida), han aprobado la fusión por absorción de Software y Desarrollo, S.L., por Inmobiliaria Familia Gomez Moral, S.L. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones, y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, con extinción de la misma. Dicha fusión fue aprobada de conformidad con el Proyecto Común de Fusión aprobado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes con fecha 30 de junio de 2020.

El acuerdo de fusión se ha adoptado en cada una de las sociedades que participan en la fusión, en Junta universal con el voto favorable por unanimidad de todos los socios, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME no ha sido necesario publicar y depositar previamente en el Registro Mercantil el Proyecto Común de Fusión, ni el informe de los administradores.

En cumplimiento de lo dispuesto los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 8 de septiembre de 2020.- Los Administradores únicos de Inmobiliaria Familia Gómez Moral, Rosa Moral Beneitez y de Software y Desarrollo, Laura Gómez Moral.

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