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Documento BORME-C-2020-6470

AUTORECAMBIO SEGORBE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
REPUESTOS EL PILAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 7883 a 7883 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6470

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 del 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de la Sociedad Absorbente y el Socio Único de la Sociedad Absorbida han aprobado con fecha 24 de septiembre de 2020 la fusión por absorción de dichas sociedades mediante la absorción por la Sociedad Absorbente de la Sociedad Absorbida. La Sociedad Absorbida se disuelve sin liquidación y transmite en bloque su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.

El acuerdo de fusión se ha adoptado en base al Proyecto Común de Fusión aprobado por el Consejo de Administración de cada una de las sociedades que participan en la fusión con fecha 29 de junio de 2020.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto Común de Fusión y sin informe de los administradores sobre el mismo, al haberse adoptado por unanimidad por la Junta General Extraordinaria de Socios de la Sociedad Absorbente y por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que participan en la fusión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Canet de Berenguer, 30 de septiembre de 2020.- El Administrador de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, Francisco Manuel Juesas Aliaga.

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