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Documento BORME-C-2020-731

INNERIA SOLUTIONS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ANISER FACILITY, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 39, páginas 862 a 863 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-731

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que "EUROFIRMS GROUP, S.L.U.", socio único de "INNERIA SOLUTIONS, S.L.U." y de "ANISER FACILITY, S.L.U.", aprobó el día 20 de febrero de 2020, la fusión gemelar de "ANISER FACILITY, S.L.U." (Sociedad Absorbida) por "INNERIA SOLUTIONS, S.L.U." (Sociedad Absorbente).

La fusión se realiza conforme a lo previsto en el artículo 52.1 en relación con el 49.1 LME, en consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente ni relación de canje, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida, en este caso, "EUROFIRMS GROUP, S.L.U.", socio único de "ANISER FACILITY, S.L.U." y de "INNERIA SOLUTIONS, S.L.U.", realizándose la fusión con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la Sociedad Absorbente; todo ello de conformidad con los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito y formulado por el administrador único de las sociedades intervinientes el día 20 de febrero de 2020.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a 31 de diciembre de 2019 de dichas sociedades, y se realizará de conformidad con el Proyecto Común de Fusión que fue aprobado asimismo por el socio único el citado 20 de febrero de 2020, y suscrito y formulado por el órgano de administración de las sociedades.

Las operaciones de la Sociedad Absorbida, "ANISER FACILITY, S.L.U.", se entenderán realizadas a efectos contables por la Sociedad Absorbente, "INNERIA SOLUTIONS, S.L.U.", a partir del 1 de enero de 2020.

La presente operación de acuerdo con la normativa vigente en la materia es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52.1 LME, dado que el socio de las sociedades absorbente y absorbida es el titular de forma directa del 100% de las participaciones sociales que constituyen el capital social de las sociedades absorbente y absorbida. Asimismo, en virtud del artículo 42.1 LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión en junta universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho de voto, no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Girona, 21 de febrero de 2020.- El Administrador único de "Inneria Solutions, S.L.U.", Isidro Cañas Quiñonero.- El Administrador único de "Aniser Facility, S.L.U.", Lluis Miguel Angelats López.

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