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Documento BORME-C-2020-8061

EZENTIS INTERNACIONAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EZENTIS BRASIL INSTALACIONES, S.L.U.
EZENTIS BRASIL TELECOM, S.L.U.
EZENTIS CHILE, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 248, páginas 9719 a 9719 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-8061

TEXTO

Según lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, en ejercicio de las competencias que le son propias, el socio único de Ezentis Internacional, S.L.U. (Sociedad Absorbente) ha aprobado, en fecha 23 de diciembre de 2020, la fusión por absorción de las sociedades íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente, Ezentis Brasil Instalaciones, S.L.U.; Ezentis Brasil Telecom, S.L.U. y Ezentis Chile, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), con la consiguiente disolución sin liquidación y extinción de las Sociedades Absorbidas y la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las Sociedades Absorbidas a favor de la Sociedad Absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones de las mismas, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 9 de diciembre de 2020, y publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, número 240, de 16 de diciembre de 2020.

Al ser la Sociedad Absorbente titular directa del 100% de las participaciones sociales que representan el capital social de las Sociedades Absorbidas, resulta aplicable el procedimiento especial simplificado previsto en el artículo 49.1 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores a pedir copia de los documentos relacionados con la fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Madrid, 28 de diciembre de 2020.- Fernando González Sánchez, representante persona física del Administrador Único (Grupo Ezentis, S.A.) de Ezentis Internacional, S.L.U.

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