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Documento BORME-C-2020-8066

ABDELKADER & FRAGOSO ASOCIADOS, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GESTAMIR, S.L.P.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 248, páginas 9725 a 9725 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-8066

TEXTO

Anuncio de escisión parcial de rama de actividad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria Universal de partícipes de ABDELKADER & FRAGOSO ASOCIADOS, S.L., celebrada con el día 23 de noviembre de 2020, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de la rama de actividad de servicios de gestión administrativa y asesoramiento fiscal, en la sociedad escindida parcialmente de forma autónoma, aportando dicha rama de actividad a la sociedad beneficiaria, la cual adquiere por sucesión a título universal los derechos y obligaciones derivados de la rama de actividad escindida.

El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con base en el Proyecto de Escisión Parcial de Rama de Actividad formulado por el órgano de administración de la sociedad escindida y aprobado por Junta General Extraordinaria y universal, de forma unánime, con fecha de 23 de noviembre de 2020, sirviendo de base el balance cerrado a 30 de septiembre de 2020, aprobado igualmente de forma unánime por la citada Junta. En el acuerdo de escisión parcial adoptado y conforme al proyecto, consta el detalle de los activos y pasivos que componen la rama de actividad escindida que se transmiten a GESTAMIR, S.L.P., y que constituye una unidad económica autónoma.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial mediante acuerdo unánime de los socios, de conformidad con lo establecido en el artículo 42, 73 y 78 bis LME no es necesario informe de Administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial de Rama de Actividad ni informe de expertos independientes.

Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial, ABDELKADER & FRAGOSO ASOCIADOS, S.L., reduce su capital social, y a su vez, GESTAMIR, S.L.P., aporta los bienes escindidos para la constitución de la sociedad a capital social, atribuyéndose participaciones proporcionales cuantitativa y cualitativamente a los socios de la sociedad escindida parcialmente en la proporción en que participan en ésta.

De conformidad con los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Escisión Parcial, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el Balance de Escisión Parcial. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de Escisión parcial de rama de actividad de oponerse a la misma durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, conforme al artículo 44 LME.

Santa Cruz de Tenerife, 23 de diciembre de 2020.- Administrador solidario, Teodoro José Fragoso Bravo.

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