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Documento BORME-C-2021-3235

TOBE, S.L.
(SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA)
TOBE, S.L.
AEM GLOBAL, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 4094 a 4094 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-3235

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el art. 43, por remisión del art. 73, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de TOBE, S.L., celebrada el 18 de mayo de 2021, ha acordado por unanimidad la escisión total de la sociedad mediante la división de su patrimonio en dos partes y su traspaso a las siguientes sociedades de nueva creación: TOBE, S.L. (que adopta la razón social de la escindida) y AEM GLOBAL, S.L., las cuales adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, en los términos y condiciones aprobados por la compañía, adjudicando a los socios de la sociedad escindida, proporcionalmente, participaciones de las sociedades beneficiarias.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haberse adoptado el acuerdo de escisión total en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, balance de escisión o informe de los Administradores o expertos independientes. No obstante lo anterior, se ha informado debidamente a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la escisión total proyectada y, en particular, sobre las implicaciones que ésta tiene sobre el empleo.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores, trabajadores y representantes de los trabajadores de las sociedades, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión total, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio, que deberá ser ejercitado en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009.

Bergara, 18 de mayo de 2021.- El Administrador solidario de la sociedad totalmente escindida, Ignacio María Arriarán Echeverría.

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