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Documento BORME-C-2021-4782

DIVESAN SEVILLA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MMC CENTRO AUTOMOCIÓN SEVILLA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 5926 a 5926 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4782

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 del 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Socio único de DIVESAN SEVILLA S.L.U. (Sociedad Absorbente) ha aprobado el 23 de junio de 2021 la fusión por absorción de MMC CENTRO AUTOMOCIÓN SEVILLA, S.A.U. (Sociedad Absorbida). La Sociedad Absorbida se disuelve sin liquidación y transmite en bloque su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.

El acuerdo de fusión se ha adoptado en base al Proyecto Común de Fusión firmado por el Administrador único de cada una de las sociedades que participan en la fusión con fecha 23 de junio de 2021. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 52 de la LME, al tratarse de sociedades íntegramente participadas íntegramente por un socio común, se han cumplido los requisitos para el procedimiento de fusión abreviado previsto para dichos supuestos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto Común de Fusión y sin informe de los administradores sobre el mismo, al haberse aprobado por el socio único de la Sociedad Absorbente. El Proyecto Común ha sido puesto a disposición de todas aquellas partes interesadas en los correspondientes domicilios sociales de las sociedades. Adicionalmente, se hace constar que los balances de fusión de ambas sociedades han sido cerrados a fecha 31 de diciembre de 2020, debidamente auditados y aprobados, siendo la fecha de efectos contables el 1 de enero de 2021.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las citadas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Sevilla, 23 de junio de 2021.- El Administrador único de Divesan Sevilla, S.L.U., Ricardo Contreras García.

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