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Documento BORME-C-2021-553

AISE LIBURUAK, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GURE LIBURUAK, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 30, páginas 671 a 671 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-553

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, por unanimidad de todos los socios de las sociedades Aise Liburuak, S.L. y Gure Liburuak, S.L., se decidió el día 2 de febrero de 2021, aprobar la fusión por absorción de Gure Liburuak, S.L., por Aise Liburuak, S.L., en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 2 de enero de 2021.

Las decisiones de fusionar ambas sociedades por todos los socios fueron adoptadas con el carácter de universal y por unanimidad, no habiéndose dado publicidad al proyecto de fusión, ni habiendo sido depositado el mismo en el Registro Mercantil. Estando ambas sociedades íntegramente participadas, en la misma proporción del capital social por los mismos socios, la fusión se ha llevado a cabo mediante el denominado procedimiento abreviado, realizándose sin necesidad de concurrir los requisitos establecidos en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009.

Esta fusión por absorción implica que la entidad Gure Liburuak, S.L., se extinguirá traspasando en bloque su patrimonio social a Aise Liburuak, S.L., que sucederá a título universal en la totalidad de los derechos y obligaciones a aquella, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación como consecuencia de este proceso. Asimismo, fueron aprobados por unanimidad de todos los socios en ambas sociedades, como Balances de fusión los balances cerrados a 31 de diciembre de 2020, así como el Proyecto Común de Fusión.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a todos los socios, a los acreedores, a los titulares de derechos especiales y a los representantes de los trabajadores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Andoain, 2 de febrero de 2021.- Administrador único, Mikel Buldain Sánchez.

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