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Documento BORME-C-2021-5770

ALTAIR INVERSIONES II, FI, CLASE A
(FONDO ABSORBENTE)
ELMIRON 2000, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 7084 a 7084 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5770

TEXTO

Anuncio de Fusión.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente de Instituciones de Inversión Colectiva y en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, con fecha 30 de julio de 2021, las entidades Gestora y Depositaria, Altair Finance Asset Management, SGIIC, S.A., y Caceis Bank Spain, S.A, respectivamente, del Fondo Altair Inversiones II, FI, clase A, y la entidad Depositaria Bankinter, S.A., de la sociedad Elmiron 2000, SICAV, S.A., así como la Junta General de Accionistas de la sociedad Elmiron 2000, SICAV, S.A., acordaron la aprobación de la fusión por absorción de Altair Inversiones II, FI, clase A, como fondo absorbente y Elmiron 2000, SICAV, S.A., como sociedad absorbida, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión autorizado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 26 de marzo de 2021 y publicado en las páginas web corporativas de Bankinter Gestión de Activos, S.A., S.G.I.I.C. (www.bankinter.com), y de Altair Finance Asset Management, SGIIC, S.A. (www.altairfinance.es), entidades gestoras de las referidas instituciones de inversión colectiva participantes en la fusión, con fechas 8 y 9 de abril de 2021.

La fusión fue autorizada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 26 de marzo de 2021 y supondrá la absorción por Altair Inversiones II, FI, clase A, de la sociedad participante en la fusión, adquiriendo el referido Fondo, mediante la atribución de participaciones de éste a los accionistas de la sociedad absorbida, en bloque y a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que se disolverá sin liquidación.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las instituciones de inversión colectiva intervinientes en la fusión a obtener el texto integro de los acuerdos de fusión adoptados y del respectivo balance de fusión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, los acreedores podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, que deberá ser ejercitado, en su caso, en el plazo de un mes a contar desde la última publicación del presente anuncio.

Madrid, 30 de julio de 2021.- El Consejero Delegado de Altair Finance Asset Management, SGIIC, S.A., Antonio Cánovas del Castillo.

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