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Documento BORME-C-2021-5984

GLOBANT ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRUPO ASSA WORLDWIDE, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 157, páginas 7318 a 7318 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5984

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el 30 de junio de 2021, el socio único de "Grupo Assa Worldwide, S.A.U.", identificada con CIF A-85318228 (Sociedad Absorbida), y la junta general extraordinaria universal de accionistas de "Globant España, S.A.U", identificada con CIF A64017445 (Sociedad Absorbente), aprobaron la fusión por absorción de la primera por la segunda. La Sociedad Absorbida se disolverá sin liquidación, siendo su activo y pasivo transmitido en bloque al patrimonio de la Sociedad Absorbente, Globant España, S.A.U.

Se trata de un supuesto de absorción de una sociedad íntegramente participada (artículo 49 LME) al que se aplica, además, el régimen de fusión especial simplificada del art. 42 LME.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores de ambas sociedades con fecha 29 de junio de 2021, tomando como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2020. No ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, al haber sido adoptados los acuerdos de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la fusión, en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la LME.

De conformidad con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las dos sociedades participantes de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión y, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

La fusión a la que se refiere este anuncio se acogerá al régimen tributario especial regulado en el Capítulo VIII, del Título VII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades y el apartado 3 de su disposición adicional segunda, así como en el artículo 45, párrafo I. B.) 10. del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Madrid, 1 de julio de 2021.- El Presidente de Globant España, S.A.U., y Grupo Assa Worldwide, S.A.U., Néstor Augusto Nocetti.

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