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Documento BORME-C-2021-6119

ROJO CARMONA INTEGRACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INTEGRACIÓN LA MONJA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 169, páginas 7481 a 7481 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6119

TEXTO

En cumplimiento del art. 51.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público el proyecto de fusión "Rojo Carmona, integración, S.L.(Sociedad Absorbente) y de Integración la Monja, S.L. (Sociedad Absorbida), redactado y suscrito por los administradores de las dos sociedades con fecha 1 de julio de 2021. Proyecto que supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en los art. 52.1, y art. 49.1 de la LMESM de 3/2009, al ser una fusión gemelar. De conformidad con el citado art. 51.1 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que corresponde a socios y acreedores de ambas sociedades, de examinar, en el domicilio social de cada una de las sociedades, los documentos indicados en los números 1.º y 4.º, y, en su caso, 2.º, 3.º y 5.º, del apartado 1 del art. 39, así como a obtener, cuando no se haya publicado en la página web, en los términos previstos en el art. 32, la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos.

No ha de efectuarse informe de experto independiente al tratarse de absorción de sociedad gemelar (o hermana).También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de la Sociedad Absorbente, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, según el art. 44 de la LMESM de. 3/2009.

Se hace constar que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al amparo de lo dispuesto por el artículo 42 de la LMESM.

Lorca, 30 de agosto de 2021.- Administrador, Juan Carlos Padilla Galindo.

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