Contido non dispoñible en galego
Anuncio de escisión total de sociedad.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales, por remisión del artículo 73 de dicha ley, se hace público que la Junta General de Socios de MAQUINARIA GIRÓN, S.L. (Sociedad Escindida), y las respectivas juntas de socios de las sociedades existentes denominadas MAQUINARIA GIRÓN 2021, S.L., y GIRÓN SOLUCIONES HABITACIONALES, S.L. (Sociedades Beneficiarias de la Escisión), todas ellas celebradas el 2 de octubre de 2021 con carácter universal, han adoptado, por unanimidad, el acuerdo de escisión total de MAQUINARIA GIRÓN, S.L., que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social en dos bloques patrimoniales a favor de las Sociedades Beneficiarias de la Escisión, que adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de los mismos, todo ello de acuerdo con los términos y condiciones del proyecto común de escisión total formulado y suscrito por todos los administradores de las sociedades intervinientes en la escisión el 31 de julio de 2021.
La sociedad beneficiaria de la escisión MAQUINARIA GIRÓN 2021, S.L., adoptará la denominación social de la Sociedad Escindida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 418.2 del Reglamento de Registro Mercantil.
El acuerdo de escisión total de MAQUINARIA GIRÓN, S.L., se acoge a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del 73 de la misma ley, por haber sido aprobado por unanimidad de todos los socios con derecho a voto de las sociedades intervinientes. Por tanto, los acuerdos de escisión se han adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de escisión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Igualmente se hace mención expresa que los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Zamora, 25 de octubre de 2021.- El Administrador único de Maquinaria Girón, S.L. (Sociedad Escindida), y Administrador solidario, de Maquinaria Girón 2021, S.L., y de Girón Soluciones Habitacionales, S.L. (Sociedades Beneficiarias), Ángel Girón Martín.
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