Content not available in English

You are in

Documento BORME-C-2021-7775

ACINESGON, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
INVERSIONES RÍO PICO, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 9365 a 9365 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7775

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que el socio único de ACINESGON, S.L. Unipersonal decidió con fecha 17 de noviembre de 2021 la Escisión parcial de ACINESGON, S.L. Unipersonal a favor de INVERSIONES RÍO PICO, S.L., conforme a lo dispuesto en el proyecto común de escisión parcial financiera impropia de fecha 17 de noviembre de 2021 suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades, mediante la cual ACINESGON, S.L. Unipersonal ( sociedad parcialmente escindida) segregará una parte del patrimonio social consistente en participaciones de BODEGAS RÍO PICO, S.L., que constituyen una unidad económica autónoma, y las transmitirá en bloque a la sociedad beneficiaria INVERSIONES RÍO PICO, S.L., que las adquirirá por sucesión a título universal.

La indicada escisión parcial financiera no comportará la extinción de la sociedad parcialmente escindida. El Balance de escisión parcial aprobado fue cerrado a fecha 31 de agosto de 2021.

Dado que la sociedad parcialmente escindida está íntegramente participada por la sociedad beneficiaria, la presente escisión tiene la consideración de escisión impropia, quedando sometida al régimen simplificado previsto en el art. 49.1 LME, por remisión del art. 73 de la misma. Del mismo modo, el acuerdo se ha adoptado en los términos simplificados previstos en los artículos 42 y 78 de la reseñada Ley 3/2009

Igualmente se hace constar expresamente, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 43 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores, de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial financiera impropia adoptado y el balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Burgos, 18 de noviembre de 2021.- El Administrador solidario de las sociedades Acinesgon, S.L.U., e Inversiones Río Pico, S.L., Javier González Vegas.

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid