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En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 26 de mayo de 2022, el socio único común de TROPISUR, S.L.U,(sociedad escindida) y de INMOBILIARIA VÁZQUEZ CARREÑO, S.L.U. y PUERTA DE CHILCHES, S.L.U, (sociedades beneficiarías), decidió la escisión total de la Sociedad Escindida en favor de las Sociedades Beneficiarías, quienes adquirirán, por sucesión universal, el patrimonio de la primera, que se extinguirá mediante su disolución sin liquidación.
De conformidad con el art. 43.1 de la LME, se advierte del derecho que corresponde a los socios y acreedores de las Sociedades Intervinientes en la escisión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de escisión.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la escisión, durante el plazo de un (1) mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Almería, 27 de mayo de 2022.- Los administradores mancomunados de Tropisur, S.L.U.; Puerta de Chilches, S.L.U. e Inmobiliaria Vázquez Carreño, S.L.U. D. José Miguel Carreño Vázquez, Dª Alicia Carreño Vázquez y Dª Paloma Carreño Vázquez.
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