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Documento BORME-C-2022-4537

ESPAGRY IBERICA S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA)
CERASUS NOSTRUM, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 5536 a 5536 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4537

TEXTO

Anuncio de Acuerdo de Segregación.

Conforme al artículo 43.1 por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en lo sucesivo, la "LME"), se hace público que ESPAGRY IBERICA, S.L., y CERASUS NOSTRUM, S.L.U., decidieron en Junta General Extraordinaria y Universal, por unanimidad, el día 25 de febrero de 2022 una operación de segregación de ESPAGRY IBERICA, S.L., en favor de CERASUS NOSTRUM, S.L.U., que adquirirá, a título de sucesión universal, la unidad económica de cultivo recibiendo a cambio la Sociedad Segregada la totalidad de las participaciones sociales en las que se dividirá el capital social de la Sociedad Beneficiaria, y sin que la Sociedad Segregada tenga que reducir ni su capital social ni sus reservas por la ejecución de la operación (la "Segregación").

El acuerdo de segregación ha sido adoptado conforme al Proyecto común de Segregación que fue redactado, aprobado y suscrito de forma conjunta por el Administrador Único de la Sociedad Segregada y por el Administrador Único de la Sociedad beneficiaria con fecha 20 de febrero de 2022 (el "Proyecto de Segregación"). Del mismo modo, habiendo sido acordada la Segregación por unanimidad en una Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Segregada y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 49, 73 y 78. Bis de la LME, se hace constar que no ha resultado preciso publicar o depositar en el Registro Mercantil previamente los documentos exigidos por la ley y, en particular, el Proyecto de Segregación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME (por remisión de lo dispuesto en el art.73 de dicho texto legal), se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y, en su caso, el del resto de documentación en dicho artículo detallada, el cual se encuentra a su disposición tanto en la página web de la sociedad (https://espagry.es) como en el domicilio social de la misma (Carretera Ex. 108, km 45 – Malpartida de Plasencia, Cáceres).

Igualmente, se hace constar que durante el plazo de un mes, a computar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de Segregación, los socios y acreedores de la Sociedad Segregada podrán oponerse a la segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, por remisión de lo dispuesto en el artículo 73 de dicho texto legal.

Cáceres, 21 de junio de 2022.- El Administrador Único de Espagry Ibérica SL, don Claudio Roberto Mantaut, El Administrador Único de Cerasus Nostrum, SLU, don Claudio Roberto Mantaut como representante legal de Espagry Ibérica SL.

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