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Documento BORME-C-2022-5236

PEYCO PROYECTOS ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
EXTREMEÑA DE PROYECTOS ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES S.L.U., CATALANA DE PROJECTES ESTUDIS I CONSTRUCCIONS S.L.U. , PROYECTOS ESTUDIOS Y CONSTRUCCIONES EUSKADI S.L.U., GENERAL DE INGENIERÍA ANDALUZA S.L.U., (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 6330 a 6330 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5236

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de PEYCO Proyectos Estudios y Construcciones S.A.U., Extremeña de Proyectos Estudios y Construcciones S.L.U. Catalana de Projectes Estudis i Construccions S.L.U., Proyectos Estudios y Construcciones Euskadi S.L.U. y General de Ingeniería Andaluza S.L.U., han adoptado el 27 de junio de 2022 la fusión impropia de todas las sociedades, con sometimiento estricto a los términos del proyecto de fusión elaborado por los administradores de dichas Sociedades, mediante la absorción por parte de PEYCO Proyectos Estudios y Construcciones S.A.U. (sociedad absorbente), de Extremeña de Proyectos Estudios y Construcciones S.L.U. Catalana de Projectes Estudis i Construccions S.L.U., Proyectos Estudios y Construcciones Euskadi S.L.U. y General de Ingeniería Andaluza S.L.U. (sociedades absorbidas) mediante la disolución sin liquidación de esta última y el traspaso de todo su patrimonio social a la Sociedad absorbente. En esta fusión no se produce una ampliación de capital al ser una fusión impropia por la que la Sociedad Absorbente absorbe a las demás sociedades, íntegramente participadas por aquella. El balance de fusión es, en todos los casos, el cerrado a 31 de diciembre de 2021, produciendo la operación efectos contables desde el 1 de enero de 2022.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado así como el balance de fusión los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Del mismo modo se reconoce a los acreedores en dichas sociedades el derecho de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 29 de junio de 2022.- Daniel Llavero Pereda. Secretario del Consejo de Administracion de PEYCO Proyectos Estudios y Construcciones S.A.U. , e, Ignacio Martínez González administrador solidario de Extremeña de Proyectos Estudios y Construcciones S.L.U. Catalana de Projectes Estudis i Construccions S.L.U., Proyectos Estudios y Construcciones Euskadi S.L.U. y General de Ingeniería Andaluza S.L.U.

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