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Documento BORME-C-2022-5389

ADUANAS PUJOL RUBIÓ, S.A. UNIPERSONAL (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
HAURIX HOLDING, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 6514 a 6515 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5389

TEXTO

ANUNCIO DE ESCISIÓN PARCIAL

Conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 – por remisión del artº 73.1 – de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que, el 30 de junio de 2022, la Accionista Única de "Aduanas Pujol Rubió, S.A. Unipersonal" (Sociedad parcialmente escindida), en funciones de Junta General Extraordinaria y Universal, aprobó la Escisión Parcial de la Sociedad, a favor de su Accionista Única, "Haurix Holding, S.L." (Sociedad Beneficiaria ya existente), quien también la aprobó, por unanimidad, mediante acuerdo de su Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, de 30 de junio de 2022, todo ello en los términos del Proyecto Común de Escisión Parcial formulado y suscrito por los Órganos de Administración de cada una de las Sociedades participantes, en fecha 30 de junio de 2022. La escisión parcial consiste en el traspaso en bloque y por sucesión universal de parte del patrimonio de "Aduanas Pujol Rubió, S.A. Unipersonal" a favor de la Sociedad Beneficiaria, concretamente de dos unidades económicas:

a) La encargada del negocio inmobiliario y concretada en todas las participaciones sociales de F2 Grup, S.L. Unipersonal de que era titular la Sociedad parcialmente escindida; y

b) La encargada de la actividad de depósito, almacenamiento y transporte terrestre de toda clase de productos y/o mercancías y concretada en todas las acciones de Ibercondal, S.A. de que era titular la Sociedad parcialmente escindida.

La Escisión Parcial aprobada implica la subrogación de la Sociedad Beneficiaria, por sucesión a título universal, en todos los derechos y obligaciones integrantes de las dos unidades de económicas segregadas.

Por aplicación de los artºs 42 y 49 de la LME, por remisión del artº 73, así como el artº 78.3., se sigue el procedimiento especial, sin necesidad del Informe de Expertos Independientes, ni del Informe de Administradores y sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

En consecuencia, "Aduanas Pujol Rubió, S.A. Unipersonal" ha reducido sus fondos propios (capital social y reservas voluntarias), en la cuantía correspondiente al valor contable de dichas unidades económicas, siendo los resultantes adecuados a la legalidad vigente y al desarrollo de su actividad; sin que proceda aumento de capital social alguno en la Sociedad Beneficiaria.

Se hace constar expresamente la puesta a disposición de los socios y trabajadores de las Sociedades participantes en la Escisión Parcial de la documentación que proceda según el artº 39 de la LME, así como el derecho de los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de Escisión Parcial auditados, así como el de oposición durante el plazo de un (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo, todo ello, según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Barcelona, 22 de julio de 2022.- La sociedad escindida, Aduanas Pujol Rubió, S.A.U. D. Juan de Dios Cristian Freixas Höhn (Representante persona física de la Administradora Única, Haurix Holding, S.L) La sociedad beneficiaria,Haurix Holding, S.L. D. Juan de Dios Cristian Freixas Höhn (Consejero Delegado).

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