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Documento BORME-C-2022-5774

INSTITUTO DE REPRODUCCIÓN ASTURIANA, S.L.P.

Publicado en:
«BORME» núm. 158, páginas 6974 a 6974 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5774

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), por el presente anuncio se hace público que el 11 de agosto de 2022 la Junta General de socios de INSTITUTO DE REPRODUCCIÓN ASTURIANA, S.L.P. (la "Sociedad"), celebrada con carácter universal, acordó, por unanimidad, la transformación de la Sociedad (una sociedad limitada profesional – S.L.P.) en una sociedad de responsabilidad limitada (S.L.), conservando la Sociedad su denominación social actual, de tal forma que, en lo sucesivo, será referida como "INSTITUTO DE REPRODUCCIÓN ASTURIANA, S.L.", con efectos desde la fecha de inscripción de la correspondiente escritura pública de transformación en el Registro Mercantil, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la LME.

Asimismo, la Junta General de socios de la Sociedad acordó, en ese mismo acto, por unanimidad, (i) la aprobación del balance de transformación de la Sociedad (cerrado a 31 de julio de 2022), junto con el texto de los nuevos estatutos sociales adecuado al régimen jurídico de las sociedades de responsabilidad limitada "no profesionales", así como (ii) el mantenimiento del modo y órgano de administración (incluyendo número e identidad de los administradores actuales) de la Sociedad. De igual forma, y como consecuencia del tipo de transformación social de que se trata, se pone de manifiesto que la cifra de capital social de la Sociedad, que se encuentra íntegramente asumida y desembolsada, permanecerá inalterada a pesar de la referida transformación.

Se hace constar expresamente que el acuerdo de transformación y el resto de acuerdos referidos han sido aprobados de forma unánime por todos los socios de la Sociedad (que representan el 100% del capital social), reunidos en Junta universal, es decir, por lo que, entre otras cuestiones, no resulta de aplicación el derecho de separación de los socios establecido en el artículo 15 de la LME. Asimismo, y a los efectos de lo previsto en el artículo 16 de la LME, se deja constancia de que no existen en la Sociedad titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales, por lo que para la eficacia de la transformación de la Sociedad no resultará necesario esperar al transcurso del plazo de un mes de oposición desde la publicación del presente anuncio.

Oviedo, 11 de agosto de 2022.- Administradores Solidarios, D. Ignacio Arnott Fernández y Dña. María José Concepción Fernández Zubizarreta.

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